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Tenga en cuenta: La información a continuación es para ciertos clientes institucionales canadienses. Los clientes canadienses individuales con preguntas sobre la certificación de Inversor Acreditado deben revisar la información disponible aquí.
El término "Inversor Acreditado" se define en la sección 1.1 del Instrumento Nacional 45-106 Exenciones de Prospecto (NI 45-106).
Su institución puede calificar como Inversor Acreditado bajo una de las categorías de la definición de Inversor Acreditado. Revise las categorías incluidas en la definición de “Inversor Acreditado” a continuación. Si su institución califica bajo una de estas categorías, por favor contacte con Soporte.
Tenga en cuenta que esta información se le proporciona únicamente como guía. Si tiene alguna pregunta sobre si su institución califica como Inversor Acreditado, debe consultar al asesor legal de su institución.
Según los Términos de Servicio, la institución que usted representa debe proporcionar información precisa y veraz y actualizar rápidamente la información de su cuenta de Kraken. Si certifica en nombre de su institución que la institución es un Inversor Acreditado y el estado de su institución cambia, la institución debe notificar a Kraken de inmediato.
"Inversor Acreditado", para una corporación, significa:
(a) excepto en Ontario, una institución financiera canadiense o un banco de la Lista III,
(b) excepto en Ontario, el Banco de Desarrollo Empresarial de Canadá constituido bajo la Ley del Banco de Desarrollo Empresarial de Canadá (Canadá),
(c) excepto en Ontario, una subsidiaria de cualquier persona mencionada en los apartados (a) o (b), si la persona posee todos los valores con derecho a voto de la subsidiaria, excepto los valores con derecho a voto que la ley exige que sean propiedad de los directores de esa subsidiaria,
(d) excepto en Ontario, una persona registrada bajo la legislación de valores de una jurisdicción de Canadá como asesor o corredor,
(e) una persona física registrada bajo la legislación de valores de una jurisdicción de Canadá como representante de una persona mencionada en el apartado (d),
(e.1) una persona física anteriormente registrada bajo la legislación de valores de una jurisdicción de Canadá, que no sea una persona física anteriormente registrada únicamente como representante de un corredor de mercado limitado bajo una o ambas Ley de Valores (Ontario) o Ley de Valores (Terranova y Labrador),
(f) excepto en Ontario, el Gobierno de Canadá o una jurisdicción de Canadá, o cualquier corporación de la Corona, agencia o entidad de propiedad total del Gobierno de Canadá o una jurisdicción de Canadá,
(g) excepto en Ontario, un municipio, junta pública o comisión en Canadá y una comunidad metropolitana, junta escolar, el Comité de gestion de la taxe scolaire de l'île de Montréal o una junta de gestión intermunicipal en Quebec,
(h) excepto en Ontario, cualquier gobierno nacional, federal, estatal, provincial, territorial o municipal de o en cualquier jurisdicción extranjera, o cualquier agencia de ese gobierno,
(i) excepto en Ontario, un fondo de pensiones regulado por la Oficina del Superintendente de Instituciones Financieras (Canadá), una comisión de pensiones o una autoridad reguladora similar de una jurisdicción de Canadá,
(j) una persona física que, ya sea sola o con un cónyuge, posee activos financieros con un valor realizable agregado que, antes de impuestos pero neto de cualquier pasivo relacionado, supera los $1 000 000,
(k) una persona, que no sea una persona física o un fondo de inversión, que tenga activos netos de al menos $5 000 000 según se muestra en sus estados financieros más recientes,
(l) un fondo de inversión que distribuye o ha distribuido sus valores únicamente a
(i) una persona que es o fue un inversor acreditado en el momento de la distribución,
(ii) una persona que adquiere o adquirió valores en las circunstancias mencionadas en las secciones 2.10 [Inversión mínima] o 2.19 [Inversión adicional en fondos de inversión], o
(iii) una persona descrita en el apartado (i) o (ii) que adquiere o adquirió valores bajo la sección 2.18 [Reinvestimento de fondos de inversión],
(m) un fondo de inversión que distribuye o ha distribuido valores bajo un prospecto en una jurisdicción de Canadá para el cual el regulador o, en Quebec, la autoridad reguladora de valores, ha emitido un recibo,
(n) una compañía fiduciaria o corporación fiduciaria registrada o autorizada para operar bajo la Ley de Compañías Fiduciarias y de Préstamos (Canadá) o bajo legislación comparable en una jurisdicción de Canadá o una jurisdicción extranjera, actuando en nombre de una cuenta totalmente gestionada por la compañía fiduciaria o corporación fiduciaria, según sea el caso,
(o) una persona que actúa en nombre de una cuenta totalmente gestionada por esa persona, si esa persona está registrada o autorizada para operar como asesor o el equivalente bajo la legislación de valores de una jurisdicción de Canadá o una jurisdicción extranjera,
(p) una organización benéfica registrada bajo la Ley del Impuesto sobre la Renta (Canadá) que, con respecto a la operación, ha obtenido asesoramiento de un asesor de elegibilidad o un asesor registrado bajo la legislación de valores de la jurisdicción de la organización benéfica registrada para asesorar sobre los valores que se negocian,
(q) una entidad organizada en una jurisdicción extranjera que es análoga a cualquiera de las entidades mencionadas en los apartados (a) a (d) o el apartado (i) en forma y función,
(r) una persona respecto de la cual todos los propietarios de intereses, directos, indirectos o beneficiosos, excepto los valores con derecho a voto que la ley exige que sean propiedad de los directores, son personas que son inversores acreditados,
(s) un fondo de inversión que es asesorado por una persona registrada como asesor o una persona exenta de registro como asesor,
(t) una persona reconocida o designada por la autoridad reguladora de valores o, excepto en Ontario y Quebec, el regulador como inversor acreditado, o
(u) un fideicomiso establecido por un inversor acreditado en beneficio de los miembros de la familia del inversor acreditado, de los cuales la mayoría de los fiduciarios son inversores acreditados y todos los beneficiarios son el cónyuge del inversor acreditado, un excónyuge del inversor acreditado o un padre, abuelo, hermano, hermana, hijo o nieto de ese inversor acreditado, del cónyuge de ese inversor acreditado o del excónyuge de ese inversor acreditado.